
TONY BOZA, DIPUTADO DE LA AN
Credito: UR
16-12-23.-El diputado a la Asamblea Nacional (AN), por el Psuv, Tony Boza, afirmó que hay puntos que se deben «evaluar responsablemente» del presupuesto de la Nación 2024 presentado este miércoles ante el órgano Legislativo.
«Hoy vamos a conocer a detalle lo que contiene el presupuesto«, dijo.
Entre los puntos que considera que se deben revisar, mencionó las cifras de la economía que maneja el Banco Central de Venezuela (BCV), y el salario.
En entrevista concedida al programa Al Instante que transmite Unión Radio, recordó que este jueves la AN realizará la segunda discusión del presupuesto planteado para el próximo año.
Boza criticó lo que sucede con el sueldo de los venezolanos. «Creo que es hora que enfrentemos el problema verdadero, no podemos seguir dándole larga a la situación salarial», acotó.
Lourdes G. Soublette/Unión Radio
https://www.aporrea.org/economia/n388761.html
Tomado de Aporrea.org
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Al no contemplar lo que establece el Artículo 91 de la Constitución
Economista criollo considera que la Ley de Presupuesto Nacional 2024 es inconstitucional
Hay que distribuir mejor la torta.
Viernes, 15/12/2023.
El día jueves 14 de diciembre de 2023, los diputados de la Asamblea Nacional (AN) aprobaron por mayoría calificada la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Económico Financiero 2024, y la Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Económico Financiero 2024.
Me preocupa que en los discursos de los diputados de la Asamblea Nacional no mencionaron por ninguna parte la proyección de un Crecimiento económico con inclusión laboral para el 2024. Mucho menos se hizo mención a estimar un incremento salarial, salarización de los bonos de guerra y cesta tickets y la recuperación del salario mínimo vital. En ese sentido, la Ley de Presupuesto Nacional aprobada en segunda discusión por la Asamblea Nacional es INCONSTITUCIONAL al no contemplar una mayor participación para la remuneración de los trabajadores, que se aproxime a lo que establece el Artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Es necesario recordarles a los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional lo que dice el Artículo 91 de nuestra Constitución, que todos juraron cumplir al momento de asumir su responsabilidad y mandato popular.
Ese artículo establece que todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente para vivir con dignidad y cubrir sus necesidades básicas y las de su familia.
El Estado debe garantizar a los trabajadores del sector público y privado un salario mínimo vital que se ajuste cada año. Para ello, se debe tener en cuenta como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establece la forma y el procedimiento.
Eso es un mandato claro y directo que debe ser cumplido, acatado, contemplado, estimado, tomado como referencia y ejecutado en todas las acciones que ejecute la Asamblea Nacional cuando de materias vinculadas a derechos económicos y sociales se refieran.
¿Qué busca la Ley de Presupuesto 2024?
Tiene entre sus objetivos:
• Alcanzar la estabilidad cambiaria, disminuir la inflación, la inversión social y buscando inversiones en las áreas monetarias y fiscales.
• La estabilidad cambiaria.
• Diversificar la economía y la producción.
• Reducir los efectos de la MCU sobre la economía.
• Aumentar las inversiones en la industria petrolero y del gas con la participación externa.
• Controlar la inflación.
• Fortalecer el signo monetario el bolívar.
• Atraer inversiones nacionales y extranjeras
• Buscar el impulso de la producción científica y tecnologícs de país.
• Recuperar el Estado de bienestar social.
• Entre otros.
¿Qué se discute y se aprueba?
Ingresos del Petróleo, no petróleo, ingresos ordinarios y extraordinarias, e ingresos corrientes ejecutivas y financieras. Así como el financiamiento del déficit fiscal por la vía del endeudamiento.
¿Qué no contempló?
La Ley de Presupuesto Nacional 2024 omite algún tipo de aproximación al cumplimiento del Artículo 91 Constitucional. Estimar 10% para el incremento salarial y 79% para el pago de bonificaciones es estar muy alejados del mandato Constitucional.
En la elaboración del informe del Presupuesto Nacional 2024, el Ministerio del Poder Popular para la Planificación no contempló en un estudio los recursos futuros que deben ser generados por la economía nacional a través de la producción de bienes y servicios, generación de ingresos agregados y su justa distribución entre los actores productivos (empresarios, trabajadores y Gobierno), que garanticen la justa y anhelada recuperación de los niveles salariales deprimidos por la llamada «guerra económica», las medidas coercitivas unilaterales, la devaluación continua, inflación sostenida y la crisis económica de los últimos 10 años.
Tampoco, en la Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Económico Financiero 2024, aprobada por un monto de global del presupuesto que asciende a 729 mil 948 millones de bolívares (cerca de 20.000 millones de dólares), no se consideró financiar con ese endeudamiento, que deberán pagar todos los venezolanos y venezolanas por igual, una porción para el pago de la partida Remuneración de trabajadores en el Sistema de Cuentas Nacionales, que conlleve a cumplir por esa vía el Artículo 91 de la Constitución.
Es por lo anterior que decimos, de manera tajante, que tanto la Ley de Presupuesto Nacional del 2024, es inconstitucional, objeto de ser impugnada, y conducir a su nulidad total o parcial ante el Tribunal Supremo de Justicia.
¿Y qué es lo que debería hacerse en el caso que una ley sea inconstitucional?
Debe aplicarse las disposiciones constitucionales. En este caso, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), como garante del estado de legalidad, debería declarar inconstitucional cualquier disposición legal emanada de un órgano legislativo que se oponga al texto Constitucional.
En ese sentido, pudiera decidir sobre su nulidad, por ser un hecho público, notorio y comunicacional su aprobación en esos términos. Incluso, alguien pudiera calificar ese hecho como un crimen de lesa humanidad, porque está tocando interés difusos y colectivos vinculados a derechos humanos fundamentales como lo es el salario, cuyo Presupuesto Nacional no lo garantiza para cubrir la canasta básica familiar.
También, pudiera considerarse como una noticia criminis y asumirlo como un motivo para actuar por parte de uno de los Magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, porque la acción de inconstitucionalidad es un mecanismo de control que sirve para poner en orden la ilegalidad que esté cometiendo cualquier órgano del Estado.
En ese caso, alguno de los Magistrados pudiera asumir que el Poder Legislativo acaba de aprobar una Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2024, donde no se contempla partidas del gasto público dirigidas al pago de salarios dignos a los trabajadores y trabajadores públicos y privados como lo establece el Articulo 91 de la Constitución. Porque el Poder Legislativo Nacional actuó en un estado de ilegalidad que sólo el Tribunal Supremo de Justicia puede resolver la omisión parcial de la Carta Magna. Es una causa suficiente, de custodia de derechos fundamentales como lo es el salario mínimo vital a nivel de la canasta básica, acreditada legalmente.
Si los magistrados no actúan, le correspondería al Defensor del Pueblo demandar, impugnar o defender ante el TSJ, los derechos constitucionales que están siendo infringidos.
También, pudiera promover acciones de inconstitucionalidad el Procurador General de la República, los partidos políticos interesados, él Poder Popular organizado, sindicatos o grupos de trabajadores que manifiesten su voluntad de reclamo por una violación flagrante de la Constitución en su Artículo 91, al no ser contemplado por los planificadores públicos los ingresos y gastos suficientes para garantizar ese derecho humano del salario mínimo vital a nivel de la canasta básica familiar.
*Andrés Giussepe: Doctor en Gerencia, Especialista en Política y Comercio Petrolero Internacional y Economista de la Universidad Central de Venezuela. Secretario Nacional del Movimiento Profesionales de Venezuela.
Fuente: Aporrea.org
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Un Min-Petróleo «de adorno»: sin planes para fiscalizar empresas como Pdvsa

El proyecto de ley de presupuesto para el 2024 del Ministerio de Petróleo, no cuenta con proyectos destinados a fortalecer la supervisión a las empresas de la industria. Tampoco presenta acciones para definir políticas que ayuden a mitigar el impacto en el ambiente por parte de las operaciones petroleras y gasíferas en el país. El que un mismo funcionario sea el ministro y a su vez el presidente de Pdvsa, puede que tenga mucho que ver
El Ministerio de Petróleo lleva muchos años sin acometer planes para el fortalecimiento de su rol regulador de la industria energética en el país, y para 2024 todo apunta a que será igual. En el proyecto de ley de presupuesto para el ejercicio fiscal de 2024 entregado a la Asamblea Nacional de 2020, la cartera de petróleo y gas tampoco prevé ejecutar proyectos esenciales para cumplir con sus competencias, entre ellas, la fiscalización de las empresas de la industria como Pdvsa y el seguimiento de acciones para mitigar el impacto de las operaciones petroleras y gasíferas en el ambiente.
El informe de ingresos y gastos de la cartera de Petróleo señala que el presupuesto asignado para el ejercicio fiscal del próximo año es de 1.599 millones de bolívares, equivalente a 44,8 millones de dólares a la tasa de cambio oficial de 35,64 Bs/$ del jueves 14 de diciembre. De acuerdo con el monto del presupuesto de la Nación estimado para 2024 de Bs 729.948 millones, el de este importante ente ministerial abarca tan solo 0,21% del total.
La cartera de Petróleo destacó en el documento que «continuará trabajando arduamente en la implementación del nuevo esquema estratégico económico que fortalecerá las bases de la economía nacional y profundizará la planificación sectorial con miras a la formulación, seguimiento y control de políticas públicas que promuevan el desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales no renovables sobre los cuales ejerce su rectoría, como ejes fundamentales para el crecimiento socio-económico del país».
Sin embargo, no se incorporaron a su presupuesto planes relacionados con esta premisa.
Y más importante aún, el propio Ministerio en su página web señala que «las competencias del ministerio son la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación, realización y fiscalización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de hidrocarburos; desarrollo, aprovechamiento y control de los recursos naturales no renovables de las industrias petroleras; el estudio de mercado, análisis y fijación de precios de los productos del petróleo, la prevención de la contaminación del medio ambiente derivada de las actividades de hidrocarburos, en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente».
Por lo que, en este sentido, tampoco se da detalles en el proyecto de ley de presupuesto sobre los posibles proyectos a ejecutar en el próximo ejercicio fiscal.
Los cuestionamientos a la designación del mismo funcionario como ministro de Petróleo y presidente de la empresa estatal Pdvsa desde la gestión de Hugo Chávez, hace más de una década, continuaron durante el gobierno de Nicolás Maduro. Los señalamientos han estado dirigidos a la irregularidad de que el ente fiscalizador (Min-Petróleo) sea el mismo fiscalizado (Pdvsa). Por otra parte, el ministro de esta cartera es el encargado de definir las políticas petroleras a nombre del Estado venezolano, mientras que el responsable de Pdvsa es el que ejecuta las políticas que emanen del ente rector.
Por otra parte, Pdvsa ha estado inmersa en una serie de irregularidades administrativas y en cientos de casos de corrupción, como la de «Pdvsa Cripto» por el cual fueron acusados varios funcionarios de la estatal. Por lo que esta situación denota una baja supervisión y regulación del ente al cual está adscrito.
«Nuestra industria petrolera, que durante el año 2020 enfrentó exitosamente todos los embates de la guerra económica y las fuertes medidas provenientes del contexto internacional, ha sido fortalecida con la formulación de estrategias orientadas a consolidar la estabilidad de la economía venezolana», resalta el ministerio en el informe de ingresos y gastos.
El único plan que incorpora el despacho de Pedro Rafael Tellechea, también presidente de Petróleos de Venezuela, establece que servirá para «convertir a Venezuela en un país potencia en lo social, lo económico y lo político dentro de la gran potencia naciente de América Latina y el Caribe, que garanticen la conformación de una zona de paz en nuestra América», para ello se dispondrá de Bs 518,8 millones a través de «otros ingresos extraordinarios».
El resto de los recursos serán para operaciones administrativas como pago de salarios, lo cual será financiado con Bs 101,5 millones; así como aportes a varios entes descentralizados sin fines empresariales como el Ente Nacional del Gas (Enagas) con Bs 48,7 millones; el Servicio Autónomo Instituto de Estudios Petroleros con Bs 45,5 millones, el Servicio Autónomo de Metrología de Hidrocarburos con Bs 59,7 millones y el Servicio Desconcentrado Banco Soberano de Datos de Petróleo y Gas con Bs 49,8 millones.
El ministerio de Petróleo también tiene en su haber varias fundaciones como el de la Guardería Infantil del Ministerio de Energía y Minas «La Alquitrana» el cual recibirá Bs 92,3 millones y; Fundación Oro Negro con Bs 74,5 millones. Ambas recibirán más recursos que los entes descritos anteriormente.
*Lea también: EXCLUSIVA | Sistemas de Metro se quedan con 79,20% del presupuesto de Min-Transporte
Fuente: Tal Cual TC
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