8 feb. CI.- La sentencia ST-445/22 de la Corte Constitucional resolvió “Amparar los derechos a la identidad cultural, a la autonomía y autodeterminación, al territorio ancestral y colectivo” de la comunidad Yajotja. El fallo ordenó al Ministerio del Interior registrarlos en el término máximo de un mes, y a la Agencia Nacional de Tierras para que finalice el proceso de constitución del resguardo.

La sentencia ST-445/22 de la Corte Constitucional protege a este pueblo originario que se encuentra sin territorio y en condiciones infrahumanas en la inspección de Santa Bárbara de Agua Verde, en el municipio de La Primavera, Vichada, a orillas del río Meta. Entre los más afectados son las mujeres, adolescentes, las niñas y los niños. Las dificultades más preocupantes y recurrentes son los intentos de violencia sexual, los bajos niveles de nutrición -que han causado varias muertes- y la precaria atención del sistema de salud.

El fallo insta a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para que adopte medidas necesarias para dar respuesta a las peticiones sobre la adjudicación de los predios que componen el territorio ancestral y finalizar el proceso de constitución del resguardo. Así mismo, solicita a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) para que revoque la resolución que niega el registro y tomar una decisión de fondo sobre el registro de los miembros y de la comunidad Yajotja (pueblo Waüipijiwi)

A su vez, dictaminó que la Alcaldía del municipio de La Primavera (Vichada) desarrolle una brigada de salud en el siguiente mes de la sentencia y que suministre, de manera inmediata, la inmediata atención humanitaria.

“Los Waüipijiwi son de los Pueblos Indígenas que cuentan con menos de 150 individuos sobre la faz de la tierra y de los tantos que se encuentran a punto de desaparecer en Colombia”